Este documento describe de manera sucinta el procedimiento que deben seguir los aspirantes extranjeros para ingresar a un posgrado en el Instituto Politécnico Nacional (IPN).


Aceptación al posgrado

1.  La persona aspirante es aceptada a un posgrado en el IPN, conforme la convocatoria del programa de posgrado, que autorizó la Dirección de Posgrado del IPN.

 

Carta de aceptación

2.  La persona aspirante aceptada, solicita al Coordinador académico del programa de posgrado, la carta de aceptación, proporcionándole lo siguiente:

·   Copia de pasaporte

·   Indicará la Embajada o representación mexicana donde asistirá a cita para visa. Las representaciones de México en el extranjero aparecen en el siguiente enlace:

https://www.gob.mx/sre/documentos/representaciones-de-mexico-en-resto-del-mundo

·   Dirección postal del domicilio donde recibirá la carta de apoyo para obtención de visa.

·   Datos de contacto

3.  El Coordinador académico, emite la carta de aceptación, que va dirigida al Jefe de Cancillería de la embajada mexicana o representación que corresponda.

·   Debe indicar que el alumno será candidato para obtener una beca que permitirá sufragar sus gastos en el país. El documento deberá incluir los siguientes datos: Nombre del Aspirante, nombre del programa, nacionalidad, registro ante SNP, periodo en el que iniciará sus estudios, Dependencia Politécnica y monto de la beca que recibirá. Agregar copias para la persona aspirante y para la Subdirección de Becas Nacionales de CONACYT.

·   La enviará por vía postal al domicilio de la embajada o representación de México en el extranjero que corresponda.  Deberá adjuntar copia del pasaporte de la persona aspirante aceptada y copia de la identificación oficial del coordinador del programa.

·   La enviará por vía postal al domicilio indicado por la persona aspirante.

·   La enviará por correo electrónico al CONACYT, solicitando a la Subdirección de Becas Nacionales de CONACYT (Mtra. Rosa Ivette Guzmán Ávila, rguzman@conacyt.mx), que dé aviso a la Secretaría de Relaciones Exteriores, sobre la aceptación de la persona aspirante.  Deberá adjuntar copia del pasaporte de la persona aspirante aceptada

4.  La persona aspirante aceptada se dirige a la embajada o representación correspondiente para gestionar una cita y acudir a entrevista para solicitar una visa de estudiante.

·   El consulado dictaminará si se le otorga o no la visa de estudiante.

 

Visa de estudiante

5.  En caso de que se otorgue la visa, la persona aspirante deberá realizar los arreglos para su viaje a México.

·   La fecha de llegada recomendada, la especificará el coordinador del programa, sin embargo, se recomienda se lleve a cabo 2 semanas antes de las fechas programadas para el proceso de inscripción.

 

Arribo e ingreso a México

6.  Al arribar a México, la persona aspirante aceptada, deberá presentar su VISA y pasaporte ante las autoridades del Instituto Nacional de Migración (INM). La Dirección de Asuntos jurídicos puede dar asesoría sobre estre trámite.

·   El INM proporcionará una forma migratoria múltiple (FMM) que tiene una vigencia por 30 días para permanecer en México, tiempo en que deberá realizar la solicitud de permiso de residencia para evitar sanciones y deportación.

·   La persona aspirante deberá proporcionar la información requerida en la solicitud de la FMM, tal y como aparece en su pasaporte, asimismo aceptar bajo protesta de decir verdad, que la información y documentación proporcionada es verdadera, por lo que se hace de conocimiento que, en caso de falsear información, podría ser sancionado conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

                                           i.      Para el trámite de la FMM la persona aspirante deberá contar con pasaporte o tarjeta pasaporte (Passport Card) válido y vigente de conformidad con la normatividad de derecho internacional y contar con un mínimo de tiempo de 6 meses de vigencia.

                                          ii.      La Forma Migratoria Múltiple se puede obtener vía electrónica a través del portal web del INM, los extranjeros que ingresen vía terrestre al país, por los lugares destinados al tránsito internacional de personas. La persona aspirante acepta que la condición de estancia que obtendrá al introducir la información será la de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas.

                                            iii.      La persona aspirante se da por enterado que la FMM tiene una vigencia máxima de 180 días naturales y podrá utilizarla para una sola internación.

                                      iv.      La persona aspirante se da por enterado que la vigencia de la FMM se contará a partir del estampe del sello migratorio, siempre y cuando acredite los requisitos para ingresar a México.

                                       v.      La persona aspirante se da por enterado que el pago del derecho para obtener la condición de estancia no garantiza su ingreso a México.

                                      vi.      La persona aspirante, deberá presentar pasaporte o tarjeta pasaporte (Passport Card) válido y vigente, así como la FMM al momento de solicitar su internación a México.

                                                vii.      Para información adicional, consultar el sitio http://www.inm.gob.mx

 

Gestión del permiso de residente temporal y registro CURP.

7.  Una vez que la persona aspirante cuenta con su FMM y se ha internado en territorio mexicano, deberá notificar al Coordinador del programa para iniciar las gestiones de apoyo para la obtención de Permiso de Residencia Temporal del estudiante, así como la obtención de su Clave Única de Registro Poblacional (CURP).

·   La persona aspirante deberá compartir una copia de la Forma Migratoria Múltiple que obtuvo por parte el INM durante el proceso de ingreso a México, pasaporte, visa y comprobante de domicilio en México.

8.  El coordinador del programa realizará las gestiones a través de su Unidad Académica con la Oficina del Abogado General del IPN (Dirección de Asuntos Jurídicos) para solicitar el trámite del Permiso de Residente Temporal, proporcionando al aspirante la fecha y documentación necesaria par acuda a una cita a las instalaciones del INM

9.  Como resultado del trámite del Permiso de Residente Temporal, el INM proporcionará al aspirante una Clave Única de Registro Poblacional (CURP) y una tarjeta FM3 (Documento Migratorio de No Inmigrante).


Inscripción como estudiante al IPN

10.  La persona aspirante deberá entregar los siguientes documentos a la Unidad Académica para el proceso de inscripción en el IPN:

·   Certificados de Calificaciones, con apostille o legalización.

·   Título universitario o Diploma de Grado, con apostille o legalización.

·   Equivalencia de calificaciones.

·   Acta o certificado de nacimiento, con apostille o legalización.

·   Pasaporte

·   CURP.

·   FM3.

 

En el caso de documentos elaborados en un idioma distinto al español, éstos deberán entregarse acompañados con la traducción oficial al idioma español.

 

Esta inscripción permitirá a la persona estudiante, postularse para una beca CONACYT.

 

Para mayor información dirigirse a la cuenta direccionposgrado@ipn.mx, consultar la página https://www.ipn.mx/posgrado/ o bien consultar el documento: BUENAS PRÁCTICAS DE POSGRADO EN EL IPN “Guía para alumnos extranjeros en el posgrado del IPN y para egresados del posgrado en el IPN que realizarán estudios en otras Instituciones educativas nacionales o extranjeras” que se encuentra en el enlace:

https://www.ipn.mx/assets/files/posgrado/docs/buenas-practicas/guia-buenas-practicas-posgrado.pdf